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Términos y condiciones

Condiciones generales de contratación de los servicios eléctricos de #Okservice.es. Lo esencial de cada trabajo va en el propio presupuesto; aquí está el detalle completo.

Prestador

VILLVERG SOLUCIONES INTEGRALES SL · CIF B19430115 · instalador eléctrico autorizado nº 25094 ante la Dirección General de Industria del Gobierno de Canarias.

Domicilio social: C. Mencey Anaga, Residencial Biltmore 23, portal 1, San Miguel de Abona, Santa Cruz de Tenerife.

Base operativa y atención con cita previa: C. Ángel Arocha 24, 38594 Granadilla de Abona, Santa Cruz de Tenerife.

Contacto: info@okservice.es · +34 679 32 52 22.

Objeto

Servicios técnicos eléctricos en instalaciones de baja tensión: diagnóstico y reparación de averías, instalación, reforma, mantenimiento, boletines y legalizaciones, puntos de recarga de vehículo eléctrico y autoconsumo fotovoltaico. La prestación queda sujeta a disponibilidad, zona de actuación y viabilidad técnica.

Qué incluye el precio de cada partida

  • Mano de obra de oficial electricista de instalador autorizado.
  • Herramienta, equipo de medida y consumibles de trabajo.
  • Ejecución conforme al Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (RD 842/2002) y a sus instrucciones técnicas complementarias.
  • Parte de trabajo con lo ejecutado y con lo que quede pendiente.

Qué no incluye, salvo que figure como partida del presupuesto

  • Materiales y equipos que no estén listados en el presupuesto.
  • Obra civil, albañilería, rozas, zanjas, remates y pintura.
  • Certificados, boletines, memorias técnicas y legalizaciones.
  • Tasas y derechos de la Administración, de organismos de control y de la distribuidora.
  • Subsanación de defectos previos que aparezcan al abrir la instalación.
  • Medios especiales de elevación para trabajos en altura.

Precios, impuestos y desplazamiento

Los precios publicados son el precio base del servicio indicado. Los importes de las líneas del presupuesto se expresan sin impuestos; el IGIC se detalla en el total. En Canarias no se aplica IVA.

El desplazamiento es un precio cerrado según la zona de destino y se cobra una sola vez por trabajo: no se multiplica por horas ni por operarios. Las zonas son sur, sureste, capital, noreste, noroeste y norte. En el boletín CIE el desplazamiento va dentro del precio cerrado y no se suma aparte.

En los trabajos por horas, si la intervención va a superar la primera hora se avisa antes de continuar; nunca se añade al final sin consultarlo.

Presupuestos

El presupuesto es válido hasta la fecha de vencimiento que figura en el propio documento. Pasada esa fecha los precios se revisan.

Cuando el precio depende del sitio (climatización, fotovoltaica, punto de recarga, reformas y cambios en la instalación de enlace) se realiza una visita técnica previa para medir y emitir un presupuesto cerrado. El importe de esa visita se descuenta íntegramente si se acepta el presupuesto; si no se acepta, el informe y las mediciones quedan para el cliente.

Si el alcance real excede lo descrito, se emite presupuesto complementario antes de continuar.

Boletines, certificados y legalizaciones

El Certificado de Instalación Eléctrica (CIE, el «boletín») solo puede emitirlo una empresa instaladora habilitada. Comprende visita y toma de datos, mediciones reglamentarias (resistencia de aislamiento, continuidad de los conductores de protección, resistencia de puesta a tierra y disparo del diferencial con corriente y tiempo), croquis y esquema unifilar, cumplimentación del certificado y presentación telemática ante Industria. En viviendas se considera vigente durante 20 años.

El boletín de instalación nueva o ampliación y el de instalación existente tienen el mismo precio y distinto alcance: el primero cubre obra nueva, reforma con cuadro nuevo, subida de potencia o paso a trifásico; el segundo certifica una instalación que ya existe.

La memoria técnica de diseño se exige cuando la instalación no necesita proyecto pero sí una justificación técnica firmada: locales comerciales, oficinas, viviendas con electrificación elevada, garajes y ampliaciones. Comprende previsión de cargas, cálculo de secciones y caídas de tensión, coordinación de protecciones y esquema unifilar. Una vivienda con electrificación básica no la necesita.

En la tramitación del alta de suministro, los derechos de acometida, extensión, enganche y verificación que cobra la distribuidora los paga el titular directamente. Si en la parcela no hay red o hay que extenderla, antes debe solicitarse punto de conexión a la distribuidora; es un trámite distinto.

En la legalización de autoconsumo se aplica el RD 244/2019. Las instalaciones de hasta 15 kW en suelo urbanizado no necesitan permisos de acceso y conexión. No se tramitan subvenciones ni ayudas de ningún tipo: somos instaladores, no gestoría.

Se legalizan instalaciones ejecutadas por terceros, pero se verifican antes. Si algo no cumple, debe subsanarse previamente y se presupuesta aparte. No se firma lo que no se ha comprobado.

Inspecciones: dónde está el límite

No somos Organismo de Control Autorizado. Las instalaciones obligadas a inspección periódica oficial (locales de pública concurrencia, instalaciones de más de 100 kW, garajes con riesgo de incendio, piscinas y similares) reciben el certificado del OCA, cuya tasa va aparte. Nuestro trabajo es dejar la instalación preparada, acompañar la visita y subsanar los defectos.

Las revisiones y los test de aislamiento y continuidad producen un informe técnico, no un certificado. Si lo que se necesita es un documento oficial para dar de alta el suministro, alquilar o presentar ante la Administración, el documento es el boletín.

Puntos de recarga de vehículo eléctrico

La instalación se rige por la ITC-BT-52, que obliga a circuito exclusivo por punto, protección diferencial propia de 30 mA con protección frente a corrientes continuas de defecto y esquema de instalación definido.

La potencia condiciona la viabilidad: 7,4 kW (32 A) es el máximo de una acometida monofásica y solo se aprovecha si la potencia contratada lo permite; 22 kW exige suministro trifásico a 400 V, cuyo cambio autoriza la distribuidora. Se comprueba antes de encargar el equipo.

Cuándo basta el CIE y cuándo hace falta proyecto: la ITC-BT-04, redactada por el RD 1053/2014, exceptúa los garajes existentes en edificios de viviendas, que se legalizan con certificado y memoria técnica sea cual sea el número de plazas. Requieren proyecto firmado por técnico competente y dirección de obra las instalaciones de más de 50 kW, las de exterior de más de 10 kW, las estaciones en modo de carga 4 o carga rápida en continua, los locales de pública concurrencia y los aparcamientos de obra nueva o no residenciales. Si la instalación cae en varios grupos se aplica el criterio más exigente.

En comunidad de propietarios, la instalación para uso privado en plaza individual solo requiere comunicación previa a la comunidad conforme al artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal: no necesita aprobación de la junta.

Instalación interior, reformas y cuadros

Las líneas interiores se ejecutan por sección de cable y con una longitud incluida por línea; el metro adicional se factura según la sección. La reforma que toca el cuadro, la potencia contratada o el número de circuitos deja de ser trabajo suelto y obliga a actualizar el certificado de la instalación y, si procede, la memoria técnica. Se advierte antes de empezar, no al terminar.

En el mantenimiento de cuadros, si aparece material quemado o el embarrado dañado, la limpieza no resuelve: procede la sustitución y se presupuesta aparte.

Normativa aplicable

Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (RD 842/2002) y sus instrucciones técnicas complementarias, entre ellas: ITC-BT-04 (documentación y puesta en servicio), ITC-BT-05 (verificaciones e inspecciones), ITC-BT-10 (previsión de cargas), ITC-BT-15 (derivaciones individuales), ITC-BT-16 (contadores y equipos de medida), ITC-BT-17 (dispositivos generales de mando y protección), ITC-BT-18 (puesta a tierra), ITC-BT-19 (aislamiento y caídas de tensión), ITC-BT-22 (protección contra sobreintensidades), ITC-BT-24 (protección contra contactos), ITC-BT-25 (grado de electrificación en viviendas), ITC-BT-26 (instalaciones interiores), ITC-BT-28 (locales de pública concurrencia), ITC-BT-29 (locales con riesgo de incendio o explosión), ITC-BT-40 (instalaciones generadoras) e ITC-BT-52 (infraestructura de recarga de vehículo eléctrico).

Además: RD 1955/2000 (acceso, conexión y suministro), RD 244/2019 (autoconsumo), RD 1699/2011 (conexión de producción de pequeña potencia) y Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal.

Agenda y prestación

La solicitud queda sujeta a confirmación de agenda, ubicación, alcance real del trabajo y condiciones de seguridad. Las urgencias fuera de horario, nocturnas y en festivo se atienden con recargo sobre la tarifa del ámbito que corresponda, comunicado antes de la intervención.

Cancelaciones

Las cancelaciones y los cambios de cita deben comunicarse con la mayor antelación posible. Si ya se ha producido desplazamiento, diagnóstico o inicio del trabajo, podrán facturarse los importes correspondientes.

Garantía

Los trabajos quedan sujetos a la garantía legal aplicable y a la normativa técnica vigente. La garantía no cubre manipulaciones de terceros, averías ajenas al trabajo realizado, mal uso, falta de mantenimiento ni defectos preexistentes no incluidos en el alcance contratado.

Vigencia

Estas condiciones se aplican a los presupuestos y trabajos contratados desde su publicación. Prevalece siempre lo que figure por escrito en el presupuesto aceptado.

VILLVERG SOLUCIONES INTEGRALES SL · CIF B19430115 · Instalador autorizado nº 25094: José A. Vergara

San Miguel de Abona, Tenerife · +34 679 32 52 22 · info@okservice.es

Última actualización: 24/09/2026